La figura del Jefe de Pista tal y como la considera la Orden de 30 de diciembre de 1985 por la que se regula el Vuelo sin Motor tiene rango de AUTORIDAD con lo que ello conlleva en cuanto a obligaciones y responsabilidades. Es preciso tener en cuenta que el AFIS (caso de estar operativo) no tiene este mismo rango.
El Jefe de Pista tiene la autoridad delegada del Jefe de Vuelos en caso de que este no esté presente.
Sus funciones son las siguientes:
- Determinar su comienzo y fin
- Verificar que los vuelos se realicen de acuerdo con la normativa vigente
- Determinar la colocación de los sistemas de remolque y pista en servicio
- Establecer el orden de los vuelos
- Establecer las comunicaciones aire-tierra y viceversa
- Autorizar con su firma la hoja de cronometración al finalizar los vuelos, comprobando la exactitud de las anotaciones
- Autentificar con su firma y el sello del Centro las cartillas de vuelo, los certificados de a bordo y los certificados de vuelo
- Realizar los vuelos de prueba relacionados con el mantenimiento y la seguridad en vuelo (esta atribución podrá ser delegada en un piloto expresamente autorizado por el Jefe de Vuelos para dicha operación).
Requisitos para ser jefe de pista.
Es responsabilidad de la Comisión Técnica mantener actualizado en las oficinas del aeropuerto un listado de los socios capacitados para realizar esta función.